"Se establece que el Secretario General de Gobierno al autorizar el incremento de las tarifas de transporte público, no dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 157 de la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua, el que dispone que las tarifas del transporte público colectivo y masivo se establecerán con base en los estudios y análisis especializados y técnicos que se lleven a cabo, de acuerdo a cada tipo o modalidad del servicio de transporte, los cuales serán elaborados por la Secretaría".
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