• Legisladora jalisciense presenta iniciativa para proponer diversas modificaciones y adiciones al Artículo 325 del Código Penal Federal en materia de Feminicidio.
Con el objetivo de contribuir al acceso a la justicia y a la certeza jurídica de las víctimas de feminicidio y sus familiares, la Diputada Federal Laura Imelda Pérez Segura presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Artículo 325 del Código Penal Federal en materia de Feminicidio.
Al respecto, Pérez Segura informó que dicha iniciativa nace de la necesidad de revisar el tipo penal de feminicidio tomando en cuenta los factores de la violencia de género:
Agregó que la propuesta legislativa se basa en el análisis de la tipificación del Feminicidio que han realizado los Congresos Locales en todas las entidades federativas, a fin de que las modificaciones planteadas en la iniciativa sirvan de guía para enunciar, de manera unificada, los elementos circunstanciales que permitan acreditar la existencia o no del delito de feminicidio. Entre las modificaciones planteadas destacan las siguientes:
- Incluir a todas las mujeres en su diversidad y etapas de vida.
- Agregar circunstancias específicas que faciliten la identificación de las razones de género y que eliminen los obstáculos en la investigación de los casos de Feminicidio tales como: que los restos o el cuerpo de la víctima hayan sido calcinados, presenten decapitación, desollamiento, tortura, entre otras lesiones; que haya antecedentes de violencia de género, denunciados o no; que la víctima se haya encontrado en un estado de indefensión o desprotección real frente al sujeto activo; que el cuerpo o restos de la víctima sean ocultados en espacios públicos de libre concurrencia o en algún espacio privado, incluyendo la vivienda de la víctima, del sujeto activo o de alguna persona relacionada.
- Agravar la pena hasta en una tercera parte si el agresor obligó a la víctima a ejercer prostitución, explotación o trata de personas; o si el delito es cometido en presencia de una o más personas con quienes la víctima tuviere un vínculo de parentesco; o si el agresor se vale de su oficio como conductor de un vehículo de transporte para la comisión del delito; o cuando la víctima sea una niña o adolescente; por mencionar algunas.
- Imponer una pena de cinco a ocho años de prisión y de quinientos a mil quinientos días de multa en caso de que alguna persona servidora pública omita iniciar la investigación como probable feminicidio, o bien, obstaculice o entorpezca la procuración o administración de justicia.
Además, será destituida e inhabilitada de por vida para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Si dicha persona filtra información, fotos, videos o evidencias de la investigación, se le impondrá la misma pena y será destituida e inhabilitada de cinco a diez años.
Desde el Palacio Legislativo de San Lázaro, la Diputada Federal agradeció al Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) por el apoyo fundamental que brindó para formular esta iniciativa con base en el Modelo de Tipo Penal de Feminicidio, realizado por el Gobierno de México, la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) y el Instituto antes mencionado.
Finalmente, la legisladora Laura Imelda Pérez Segura señaló: